El primer día que no existió

Que sepáis que el 5 de octubre de 1582 no existió. Ni el 6, ni tampoco el 7… Y así, hasta un total de diez días. Cosas de Gregorio XIII, que impulsó el calendario que rige nuestros días y al que se denomina calendario cristiano u occidental para distinguirlo de otros como el judío, el árabe o el chino. ¿Y eso? Pues que había que ajustar la medición del tiempo.

Desde que el hombre es hombre ha mirado al cielo, ha visto el sol y ya. De esta manera surgieron los calendarios solares, más o menos fiables, que tenían como base los calendarios egipcios. Su duración, 365 días exactos, pero que con el paso del tiempo se desajustaron dada la diferencia de casi seis horas respecto con la duración real —lo que se llama año trópico—. Un desajuste del copón, a lo que hay que unir la coexistencia de varios calendarios, como el diseñado por Sosígenes de Alejandría, que Julio César aplicó en el año 46 antes de Cristo para poner orden en el mundo romano.

El que se conoce como calendario juliano arregló más o menos el problema del desajuste entre el calendario y el año trópico con la introducción de los años bisiestos. En consecuencia, ciclos de cuatro años, tres de 365 días y uno de 366. La media sale a 365,25 días al año, lo que supone un valor muy cercano a los 365,242189 que dura el año trópico. Eso sí, la cosa tuvo su miga, porque imponer aquel calendario añadió 86 días extra —ojo al dato, que decía García— al año 46. Que os vengan ahora y os digan que tenéis que currar más días al año. Qué risa, Tía Felisa.

Total, que parecía haber quedado todo resuelto. Pero no, porque el calendario juliano se desfasaba 0,01 días —unos 11 minutos— cada año. Nada, una minucia, una anécdota, pero con el paso de los siglos son días, ¿eh? Por eso fue el papa Gregorio XIII quien impulsó una revisión del calendario a partir del informe del matemático español Pedro Chacón con el apoyo de los astrónomos Christopher Clavius y Luigi Giglio (miembros de la Comisión del Calendario); reforma que fue aprobada el 14 de septiembre de 1580 y que entró en vigor el 4 de octubre de 1582.

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